CORREA ROSALIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La sentencia del Juzgado Federal de la Seguridad Social 8 confirma en parte la demanda y actualiza la PBU, rechazando otros planteos y estableciendo plazos y condiciones para la actualización y pago del beneficio. La decisión se basa en la normativa vigente, principios constitucionales y jurisprudencia aplicable.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Rosalia Correa, demanda contra ANSES solicitando el reajuste de su haber previsional, alegando la falta de movilidad y actualización de su beneficio, en base a la ley 24.241, y cuestionando la constitucionalidad de varias disposiciones legales. La demandada niega el derecho, defiende la constitucionalidad y plantea prescripción. La jueza reconoce que la actora adquirió el derecho a la prestación el 16-12-2018, y analiza la procedencia del reclamo desde dos años previos a la demanda, en relación a la prescripción. En el fondo, la jueza determina que, en relación a la Prestación Básica Universal (PBU), la actualización debe hacerse conforme a los índices establecidos en jurisprudencia y legislación vigente, en particular la ley 24.241 modificada por la ley 27.426 y la ley 27.426, y que la diferencia en la actualización será calculada y abonada si supera el 15%. La sentencia ordena a ANSES que en 120 días practique la actualización conforme a estos índices y pague las diferencias, con intereses, en caso de ser confiscatorias. Respecto a la Prestación Compensatoria (PC) y la Prestación Adicional por Permanencia (PAP), la jueza las rechaza por considerar que no hay liquidaciones posteriores que justifiquen la actualización y que los argumentos de inconstitucionalidad no están acreditados. La sentencia también rechaza los planteos relativos a los topes de la ley 24.241 y la movilidad, por no ser aplicables al caso. En materia de inconstitucionalidad de la ley 26.417 y otros planteos, la jueza concluye que no se acreditan perjuicios concretos ni daños, por lo que los mismos son desestimados. La sentencia deja pendiente el tratamiento del artículo 9 de la ley 24.463 y del régimen de zona austral para la etapa de ejecución. Por último, impone las costas en orden causado, difiere la regulación de honorarios para la etapa de ejecución y ordena la liquidación definitiva en el expediente.
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