O, S c/ OSDE s/AMPARO DE SALUD
La Cámara confirmó la medida cautelar en acción de amparo que ordenó a OSDE brindar cobertura integral de asistencia domiciliaria 24 horas a la afiliada con discapacidad. La decisión se fundamentó en la necesidad de garantizar derechos constitucionales y leyes específicas de discapacidad.
- Quién demanda: S. O., en representación de su cónyuge, afilada a OSDE.
¿A quién se demanda?
Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobertura de asistencia domiciliaria permanente (24 horas) por discapacidad, conforme al Nomenclador de Discapacidad y prescripción médica.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó el fallo que ordenó a OSDE brindar la cobertura solicitada, considerando la patología neurodegenerativa y dependencia total de la afiliada, y la obligación constitucional y legal de garantizar derechos a la salud y discapacidad.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Resulta una obligación impostergable de las autoridades públicas, obras sociales y entidades de medicina prepaga facilitar el acceso a los servicios médicos y de rehabilitación, dado que el derecho a la vida y a la salud está garantizado por la Constitución y tratados internacionales." "La ley 24.901 y la ley 22.431 establecen que las obras sociales deben garantizar prestaciones médicas básicas, incluyendo rehabilitación y asistencia domiciliaria, en la medida que la patología lo requiera, sin limitarse a los recursos del Programa Médico Obligatorio." "La pericia médica y la documentación acompañada acreditan que la paciente presenta una enfermedad neurodegenerativa progresiva, que requiere asistencia permanente, en línea con las prescripciones médicas y los informes especializados." "Negar la prestación, en este contexto, vulnera derechos constitucionales y la normativa específica de discapacidad, constituyendo una conducta arbitraria y lesiva." "Por ello, corresponde hacer lugar a la acción y ordenar a OSDE la cobertura integral de asistencia domiciliaria 24 horas, con la modalidad y recursos indicados, hasta que la condición de la beneficiaria cambie." "Las costas del juicio se imponen a la demandada."
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