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SALVATORI, ARMANDO JOSE c/ BOLLINI, RODOLFO s/PRESCRIPCION ADQUISITIVA

La Justicia de Primera Instancia declaró la adquisición por prescripción adquisitiva de un inmueble en favor de Armando José Salvatori, tras acreditar la posesión continua y pacífica por más de 20 años, y ordenó la inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Armando José Salvatori promovió una acción de prescripción adquisitiva contra Rodolfo Bollini, respecto del inmueble sito en Gorriti 5216, Ciudad de Buenos Aires. Alegó que habita el inmueble desde 1980 en forma continua, pública y pacífica, y presentó pruebas documentales que acreditan pagos de impuestos y servicios, además de testimonios que refuerzan su permanencia. La Cámara consideró que la prueba documental y testimonial demuestra más de 20 años de posesión ininterrumpida, pública y pacífica, lo que es suficiente para la adquisición del dominio por prescripción. La sentencia explicó que la posesión se encuentra inscripta en el Registro de la Propiedad, y que los pagos realizados por el actor generan una presunción hominis de posesión prolongada. La jueza concluyó que el actor adquirió el dominio del inmueble por usucapión y ordenó la inscripción registral. La sentencia también dispuso que las costas se imponen en el orden causado y que, una vez firme, se practique la anotación en el Registro.

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