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SCHMITZ, VANESA DENISE c/ PAZ, FACUNDO Y OTRO s/DESALOJO POR VENCIMIENTO DE CONTRATO

La Cámara confirmó la sentencia que ordenó el desalojo de Facundo Paz y/u ocupantes del inmueble, rechazando los agravios respecto a la ejecución y las condiciones del desalojo, y destacó la obligación del juzgador de adoptar medidas de resguardo para evitar la vulneración del derecho a la vivienda.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, Vanesa Denise Schmitz, demandó a Facundo Paz y/o subinquilinos y/u ocupantes para que desalojen un inmueble en Ezeiza 2960, tras vencimiento de contrato el 31/10/2021 y sin prórroga. La sentencia de primera instancia admitió la demanda y ordenó el desalojo en diez días. La recurrente, Marta Isabel Luna, interpuso recurso de apelación, que fue contestado por la actora. La Cámara consideró que los agravios no constituían una crítica concreta y no cuestionaron la procedencia del desalojo, centrando sus quejas en la falta de medidas para proteger la vivienda de la parte ocupante. La Cámara recordó la obligación de los jueces de adoptar medidas de resguardo del derecho a la vivienda, especialmente cuando hay vulnerabilidad, pero concluyó que en este caso no se demostraron errores en la decisión de fondo. Por ello, declaró desierto el recurso y confirmó la sentencia en todo cuanto fue materia de agravios, imponiendo las costas a la parte vencida y regulando honorarios.

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