CANCINO JOSE HECTOR DEL VALLE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó parcialmente la sentencia en un reclamo por reajustes previsionales, rechazando las quejas respecto de la aplicación de ciertos índices y declarando la inconstitucionalidad de la Resolución 56/2018 de ANSES. La decisión se fundamenta en la normativa y precedentes constitucionales, manteniendo la admisibilidad del recurso y revocando parcialmente la resolución apelada.
- Quién demanda: Jose Hector del Valle Cancino (actor)
¿A quién se demanda?
ANSES (organismo demandado)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste de beneficios previsionales, actualización de remuneraciones y aplicación de índices de actualización salarial, cuestionando la constitucionalidad de las resoluciones administrativas y normas regulatorias.
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó las quejas relacionadas con la aplicación del índice de actualización y declaró la inconstitucionalidad de la Resolución 56/2018 de ANSES, revocando parcialmente la sentencia y confirmando la admisibilidad del recurso. La decisión se fundamenta en precedentes del Alto Tribunal y en la legislación vigente, destacando que los beneficios fueron adquiridos antes de la entrada en vigencia de las normas cuestionadas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Respecto del período comprendido entre julio de 1994 y el 31/12/2001, resulta de aplicación la doctrina emergente de los precedentes del Alto Tribunal en los fallos 'D’Este, Norma Gloria' del 16/09/2008 y 'Taborda, José María del Socorro' del 01/08/2013, en los cuales sostuvo que no se han registrado en ese período variaciones significativas en los índices salariales."
"En relación con la actualización de remuneraciones según el art. 24, inciso a) y el art. 97 de la Ley 24.241, corresponde aplicar el índice de los salarios básicos de la industria y la construcción – personal no calificado
- (Res. 140/95)."
"El decreto 807/2016 limitó los ajustes a prestaciones con alta a partir de agosto de 2016, por lo que no corresponde aplicar dicho decreto a beneficios adquiridos antes de esa fecha."
"La resolución 56/2018 fue considerada inaplicable por contravenir el art. 7 del Código Civil y Comercial y la doctrina del Alto Tribunal, y además, la Corte Suprema declaró su inconstitucionalidad en virtud de la violación del art. 14 bis de la Constitución Nacional."
"Respecto del agravio sobre el art. 9 de la ley 24.463 y el art. 26 de la ley 24.241, se difiere la resolución en la etapa de ejecución, en función del cómputo definitivo y las diferencias que puedan surgir."
"El análisis
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