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.................... S/ DESOBEDIENCIA, PORTACION ILEGAL DE ARMA DE GUERRA

La Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Garantías de la Provincia de Buenos Aires confirmó la sentencia condenatoria en contra de Guiñazú, rechazando la nulidad del procedimiento y la materialidad del delito de portación ilegal de arma de fuego. La decisión se basa en que la requisa policial fue legalmente fundada y que la portación fue comprobada, ya que el arma estaba en condiciones de uso inmediato y el permiso de tenencia estaba vencido.

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, en calidad de Fiscalía, demandó a Emanuel Guiñazú por la portación de arma de fuego en la vía pública. La sentencia de primera instancia condenó a Guiñazú a dos años y cuatro meses de prisión en suspenso y cuatro años y ocho meses de inhabilitación para portar armas, por portar ilegalmente una pistola en condiciones de inmediato uso. La jueza de primera instancia rechazó la nulidad del acta de procedimiento y valoró la prueba balística y las declaraciones policiales que acreditaron la portación, además de considerar que la requisa fue legal, sustentada en datos objetivos y en la normativa aplicable. La defensa de Guiñazú interpuso recurso de apelación, alegando nulidades en la requisa, irregularidades en la acta y la falta de intención delictiva. La Cámara, tras analizar los agravios, decidió admitir parcialmente el recurso en cuanto a la admisibilidad y, en definitiva, confirmó la sentencia condenatoria, considerando que la requisa fue legalmente fundada y que la portación del arma en las condiciones en que fue hallada configura el delito en cuestión. Fundamentos principales: "El procedimiento policial que inicia la pesquisa encontró motivación suficiente en datos objetivos señalados y probados durante la etapa de plenario. Aunque las condiciones que definieron el hecho no permitieron concluir en un pronunciamiento condenatorio respecto del delito de desobediencia, en cuanto no se ha probado que Guiñazu haya modificado su accionar al ser requerido por la autoridad pública mediante luces y sirenas, quedó acreditado que el día 11/7/2023 Guiñazu circuló a las 23:30 hs con una camioneta en una velocidad superior a la habitual, siendo detenido en la intersección de Julián Martel y Santa Ana." "El arma secuestrada, una pistola marca Bersa Thunder 9 Pro, calibre 9 mm, con cargador con 14 municiones, fue hallada en el interior del habitáculo del vehículo, en condiciones de inmediato uso, y la autorización de tenencia se encontraba vencida desde 2020, lo que configura la portación ilegal. La prueba balística confirma que el arma era apta para disparar." "El acta de procedimiento cumple con los requisitos formales del art. 117 y 118 del CPP, y la declaración del testigo Orellana, si bien no firmada, fue suficiente y

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