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.................... S/ NO HA LUGAR EXCUSACION FISCAL (POSIBLE DELITO DE ACCIÓN PÚBLICA ---13-02-017948-25/00---)

La Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal de Quilmes desestima el recurso de apelación interpuesto por la fiscal Vanesa Lorena Maiola contra la resolución que rechazó su excusación. La decisión se fundamenta en que los argumentos no encuadraron en las causales del artículo 47 del CPP y que la fiscalía no manifestó objeciones relevantes.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La fiscal Vanesa Lorena Maiola interpuso recurso de apelación contra la resolución del juez Julián Busteros que rechazó su excusación. La resolución fue fundada en que no se configuraban las causales del artículo 47 del Código Procesal Penal. La fiscal adjunta, Dr. Pablo Leguizamón, manifestó su intención de desistir del recurso y coincidió con la resolución del juez, considerando que los argumentos no eran suficientes para configurar las causales de excusación. La Cámara de Quilmes, tras analizar la situación, decide tener por desistido el recurso de apelación, manteniendo la autoridad del fallo de primera instancia. “El desistimiento del recurso implica que el tribunal no revisará la decisión de la jurisdicción inferior y que los autos continuarán según su estado.” La fundamentación principal radica en que “los argumentos expuestos no resultaron suficientes para configurar alguna de las causales previstas en el artículo 47 del CPP” y en la voluntad de la fiscalía de no seguir con la impugnación.

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