C., R., A. F. S/FRAUDE EN PERJUICIO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA EN CONCURSO IDEAL CON FALSIFICACION MATERIAL DE DOCUMENTOS (ART.174 UNC 5 Y 292 DEL C.P.) A LA MUNICIPALIDAD DE CHASCOMUS (IPP 03-01-143-17) (2077 - J.C N°3)
La Cámara de Apelaciones en lo Penal del Departamento Judicial Dolores confirmó la condena a Andrea Fabiana Clerc Renaud por delito de fraude y falsificación, rechazando el recurso de apelación y manteniendo la pena de 2 años de prisión condicional. La decisión se basa en la valoración de pruebas que acreditan la autoría y materialidad del ilícito, incluyendo informes caligráficos, declaraciones testimoniales y documentación adulterada, considerando que la evidencia reunida respalda la responsabilidad de la encartada en los hechos ocurridos entre agosto y diciembre de 2016 en Chascomús, en perjuicio de la administración pública municipal. La Cámara concluye que las pruebas son suficientes y que la valoración por el juez de primera instancia fue adecuada, rechazando los agravios de la defensa.
La Municipalidad de Chascomús, a través de su Secretaría de Hacienda, denuncia que Andrea Clerc Renaud, encargada de la administración "caja chica" del cementerio municipal, adulteró facturas en 2016 para defraudar a la administración pública por $1.450,50. La sentencia condenatoria del juez correccional, fundada en prueba testimonial, informes caligráficos y documentación adulterada, consideró acreditada la responsabilidad de la encartada en los delitos imputados. La defensa argumentó que no se pudo determinar con certeza la autoría de la adulteración y cuestionó la valoración de la prueba, pero la Cámara sostuvo que la valoración fue adecuada y que la condena se ajusta a las constancias del expediente. La Cámara rechazó el recurso de apelación y confirmó la sentencia, ratificando la condena a 2 años de prisión condicional y costas.
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