.................... S/ INCIDENTE DE SALIDAS TRANSITORIAS
La Cámara de Junín confirma el rechazo del pedido de salidas transitorias a Braian Paul Lora, por considerar que la normativa vigente, en particular la ley 27.375, impide el acceso a dicho beneficio en casos de delitos contra la integridad sexual, y que la decisión judicial estuvo fundada en un análisis exhaustivo de la situación jurídica y las restricciones legales aplicables.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa tiene como actor a la Fiscalía que recurre la decisión del Juzgado de Ejecución Penal de rechazar la solicitud de salidas transitorias del penado Braian Paul Lora, condenado a 9 años y 6 meses por abuso sexual agravado. La Cámara confirma la resolución de primera instancia, argumentando que la ley 27.375, vigente desde su publicación en 2017, establece expresamente que los penados por delitos sexuales de esa naturaleza no son susceptibles de acceder a salidas transitorias, en virtud de los cambios legislativos que cerraron esa posibilidad. La sentencia destaca que no se trata de un derecho consolidado, sino de una expectativa no adquirida aún, y que la normativa legal, en particular las modificaciones introducidas, no viola derechos constitucionales ni garantías constitucionales, sino que responde a una política criminal que el legislador puede establecer dentro del margen de su competencia. Los jueces también analizan la evolución favorable del penado en aspectos intramuros y su buen comportamiento, pero concluyen que ello no modifica la restricción legal vigente. La sentencia cita: "las meras expectativas no son derechos" y "el legislador penal no está obligado a implantar el beneficio de la libertad condicional", concluyendo que la decisión de rechazar las salidas transitorias no es arbitraria ni irrazonable, sino fundada en la normativa aplicable y en el marco del sistema legal vigente.
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