C. K. E. C/ R. D. D. N. S/ EJECUCION DE SENTENCIA
La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires anuló la sentencia que resolvió la ejecución de sentencia por considerar que vulneró el derecho de defensa del ejecutado y no garantizó la correcta notificación y control de la liquidación practicada, ordenando su reenvío a primera instancia para dictar un nuevo fallo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara revisó una sentencia que dictó el 23/12/2024 en un proceso de ejecución por incumplimiento en la liquidación de un crédito derivado de un acuerdo de convivencia y obligaciones alimentarias. La actora, C. K. E. C., promovió la ejecución de la cuota alimentaria de junio/2021 y la liquidación del crédito por el uso del inmueble, basada en cálculos acompañados en un Anexo I. El demandado, R. D. D. N., impugnó la liquidación argumentando que no pudo controlar los cálculos al no haber sido notificado correctamente del Anexo I, y que se vulneró su derecho de defensa, ya que la liquidación fue aprobada sin que se le brindara la oportunidad de controvertirla adecuadamente. La jueza de instancia aprobó la liquidación y desestimó las excepciones del demandado, pero la Cámara, tras analizar las circunstancias, concluyó que la sentencia vulneró el principio de congruencia y el derecho de defensa del ejecutado, ya que no se le dio la oportunidad de controlar la liquidación en forma efectiva, y que la notificación y traslado no fueron adecuados. La Cámara anuló la sentencia, ordenando remitir la causa a primera instancia para que un juez competente dicte un nuevo pronunciamiento conforme a los principios constitucionales y procesales.
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