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R., M. L. C/ A., W. S/INCIDENTE DE ALIMENTOS

La Cámara de Dolores confirmó la sentencia que fijó una cuota alimentaria del 10% de los ingresos del demandado, rechazando los agravios de ambas partes sobre el monto y la base de cálculo, y sancionando las costas de la alzada al alimentante vencido, manteniendo la resolución de primera instancia.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La causa fue un incidente de aumento de cuota alimentaria en el marco de un proceso de alimentos y divorcio. La sentencia de primera instancia fijó la prestación en un 10% de los ingresos del demandado, W. A., por considerar que la cuota original, de $35.000, era adecuada para cubrir las necesidades del menor M. (actualmente de 15 años). La actora cuestionó el monto, alegando que la proporción no cubría los gastos reales y solicitó un incremento al 30%, basándose en los costos de la canasta de crianza y en los mayores gastos de un adolescente. El demandado, por su parte, argumentó que la sentencia violaba el debido proceso, que la cuota fijada era confiscatoria y que la base de cálculo no consideraba bonificaciones y premios. La Cámara sostuvo que la cuota fijada en el 10% de los ingresos del progenitor era razonable y ajustada a las necesidades del menor, que la prueba aportada era suficiente y que no correspondía modificar el monto. Además, se rechazaron los agravios respecto a la base de cálculo, argumentando que el porcentaje se aplica sobre todos los haberes percibidos regularmente. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia y sancionó las costas del recurso en el vencido.

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