GRENIER CLAUDIO ALEJANDRO C/ LA HOLANDO SUDAMERICANA COMPAÑÍA DE SEGUROS. S.A. S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
La Cámara Homologa la transacción entre las partes y fija los honorarios y costas en el proceso de homologación de acuerdo extrajudicial.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora Claudio Alejandro Grenier, en su carácter de abogado en causa propia, demanda a La Holando Sudamericana Compañía de Seguros S.A. en un proceso de homologación de acuerdo extrajudicial. La demandada, representada por Ignacio German Alomar, y el actor celebraron un acuerdo por la suma de 8 JUS (que equivale en ese momento a $ 337.752), más aportes e IVA en caso de corresponder, destinado a cubrir los honorarios y gastos en relación con el expediente SRT-104279-23. El tribunal considera que la transacción alcanza una justa composición de los derechos e intereses de las partes, no contraviniendo disposiciones de orden público ni leyes arancelarias, y, por tanto, procede a homologarla para conferirle fuerza de cosa juzgada. La homologación está condicionada al cumplimiento del pago pactado y a la regularización de honorarios y aportes previsionales. La sentencia también regula las costas del proceso, eximiendo del pago de la tasa de justicia y estableciendo las pautas para el pago de honorarios profesionales y la acreditación correspondiente. La resolución enfatiza que la homologación es favorable en virtud del acuerdo alcanzado en etapa inicial, y que la conformidad de las partes y la valoración de la justicia del acuerdo justifican la homologación solicitada, con las condiciones y regulaciones de honorarios y costas establecidas.
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