ROMERO, ELBA C/OMARA TRADING S.A. S/DESPIDO
Decisión del Tribunal del Trabajo Nº 2 de Avellaneda-Lanús que decreta la caducidad de instancia en un proceso laboral por inactividad procesal, considerando que la parte incumplió con diligencias intimatorias y transcurrió más de seis meses sin actividad útil.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Tribunal del Trabajo Nº 2 de Avellaneda-Lanús resolvió decretar la caducidad de instancia en la causa "ROMERO, ELBA C/ OMARA TRADING S.A. S/DESPIDO". La juez Bocchio fundamentó que, si bien el impulso del proceso corresponde en principio a las partes, este deber cesa cuando una de ellas, en este caso la actora, evidencia un desinterés manifiesto, incumpliendo las intimaciones del Tribunal y sin que haya actividad procesal útil durante más de seis meses. La resolución cita los artículos 11 de la Ley 15.057 y 315 del C.P.C.C., indicando que "habiendo transcurrido con posterioridad a activarse las actuaciones un plazo superior a los seis meses sin producirse actividad procesal útil, cabe decretar la caducidad de instancia". Además, en relación a las costas, se dispuso que sean impuestas a la actora con el beneficio de gratuidad, fundamentando en los arts. 24 y 27 de la Ley 15.057. Los jueces Traverso y Gabriele adhieren a los fundamentos y conclusión de la juez Bocchio.
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