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SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE PASTAS ALIMENTICIAS C/SIEMPRE SUR S.A. S/COBRO DE APORTES DE CUOTA SINDICAL

La causa por cobro de aportes de cuota sindical fue remitida al Juzgado Civil y Comercial N°2 de Avellaneda según lo dispuesto por el art.21 de la Ley de Concursos y Quiebras. La remisión busca la competencia adecuada para continuar con el proceso.

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- Quién demanda: Sindicato de Trabajadores de la Industria de Pastas Alimenticias

¿A quién se demanda?

SIEMPRE SUR S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de aportes de cuota sindical

¿Qué se resolvió?

La causa fue remitida al Juzgado Civil y Comercial N°2 de Avellaneda, conforme a lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley de Concursos y Quiebras.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La resolución se basa en la remisión de la causa a un juzgado competente para tramitarla, en aplicación del art. 21 de la Ley de Concursos y Quiebras. La remisión busca garantizar la competencia adecuada y la correcta tramitación del expediente, remitiéndose en función de la naturaleza del proceso y la normativa vigente. La resolución no analiza aspectos sustantivos del fondo del conflicto, limitándose a disponer la remisión.

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