NUÑEZ JOSE RAMON C/ EXPRESO VILLA GALICIA SAN JOSE SA S/ DESPIDO
La homologación del acuerdo transaccional en el proceso por despido, con imposición de costas a la parte demandada, y regulación de honorarios profesionales, conforme a la ley y las constancias del expediente, garantizando la conformidad de las partes y el cumplimiento de los requisitos legales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, José Ramón Núñez, demanda a la empresa Expreso Villa Galicia San José SA por despido. La sentencia homologó un acuerdo transaccional entre las partes, que pone fin al litigio, considerando que cumple con los requisitos legales y que constituye una justa composición de derechos e intereses. La resolución destaca que la homologación se realiza conforme al art. 15 de la Ley de Contrato de Trabajo, y que las costas serán a cargo de la parte demandada, en virtud de lo establecido en los arts. 14 y 26 de la Ley 15.057. Asimismo, se regula la suma de la tasa de justicia, honorarios de los profesionales intervinientes y peritos, con las correspondientes actualizaciones y adjuntando instrucciones para la transferencia de fondos y cumplimiento de las obligaciones económicas. La decisión se fundamenta en que el acuerdo es válido, que las partes han llegado a una justa composición, y que la homologación contribuye a la resolución eficaz del conflicto. Se menciona que, en caso de incumplimiento, se podrán adoptar las medidas ejecutivas correspondientes, y que los profesionales deben emitir facturas y comunicar datos bancarios para el pago de honorarios, garantizando la transparencia y el cumplimiento de la ley.
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