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FERREIRO CLAUDIO FERNANDO C/ MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO

El actor promovió demanda por reconocimiento de derechos laborales relacionados con la bonificación por antigüedad. La Cámara hizo lugar a la acción y ordenó el pago del 3% sobre todos los años laborados, considerando la inconstitucionalidad de las normas que redujeron dicha bonificación, y fundamentó que las medidas adoptadas constituyen una vulneración del principio de progresividad y de la igualdad ante la ley.

Recursos de apelacion Prescripcion Inconstitucionalidad Derechos laborales Igualdad ante la ley Principio de progresividad Reduccion salarial Bonificacion antiguedad Reclamacion retroactiva Normas legales impugnadas

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Claudio Fernando Ferreiro, demanda al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires por el reconocimiento de su derecho a que se liquide la bonificación por antigüedad en un 3% respecto de la totalidad de los años de servicio, solicitando también la declaración de inconstitucionalidad de las leyes, decretos y resoluciones que redujeron o eliminaron dicho porcentaje, y el reconocimiento retroactivo de las sumas no prescriptas, intereses y costas. La parte fiscal contestó la demanda argumentando la constitucionalidad y razonabilidad de las modificaciones normativas, y que no existía vulneración de derechos constitucionales, ya que las medidas no implicaron reducción de haberes devengados sino modificación hacia el futuro, y que los cambios se ajustaron a los parámetros constitucionales y jurisprudenciales sobre reducción salarial y principios de igualdad y progresividad. La causa se centró en determinar si las modificaciones legislativas y reglamentarias que redujeron la bonificación por antigüedad constituían una vulneración constitucional, particularmente del principio de progresividad y de la igualdad, considerando además la validez del carácter estatutario del empleo público y la protección constitucional de los magistrados. La sentencia concluyó que las normas impugnadas son inconstitucionales, en tanto implicaron una reducción de haberes que vulnera dichos principios, y ordenó que se pague la bonificación en el 3% para todos los años laborados, con intereses, y las costas a cargo de la demandada. Asimismo, se rechazó la prescripción y se dispuso la liquidación de las sumas adeudadas a valores actuales, con interés del 6% anual desde el devengamiento, y tasas pasivas posteriores.

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