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IADEMARCO MARIANA FILOMENA C/ MINISTERIO DE ECONOMIA S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO

La Cámara de La Plata reconoce el derecho de la actora a la liquidación y pago de la bonificación por antigüedad en un 3% por todos los años laborados, declarando la inconstitucionalidad de leyes y decretos que redujeron ese porcentaje, y ordenando su pago retroactivo con intereses.

Recurso de apelacion Prescripcion Inconstitucionalidad Derecho laboral Derechos adquiridos Igualdad ante la ley Principio de progresividad Reduccion salarial Bonificacion por antiguedad Justicia provincial.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La demandante, Mariana Iademarco, reclama al Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires el reconocimiento y pago de la bonificación por antigüedad al 3% por todos los años de servicio, argumentando que las normas que redujeron dicho porcentaje (ley 11.739, ley 11.905, ley 13.354 y decreto 240/96) son inconstitucionales y violan derechos constitucionales e internacionales. La defensa fiscal sostiene que las modificaciones normativas fueron razonables, no vulneran derechos adquiridos ni principios constitucionales, y que las reducciones en los porcentajes fueron legales, temporales y justificadas. La Cámara concluye que las modificaciones implicaron una disminución salarial que vulnera el principio de progresividad y la igualdad ante la ley, especialmente por la protección constitucional de los derechos laborales y del principio de no regresividad en derechos adquiridos. Se estima que la situación de la actora, con nueve años de antigüedad devengada en menor porcentaje o no pagada, constituye una vulneración constitucional, por lo que se hace lugar a la demanda y se ordena el pago retroactivo con intereses desde la interposición de la demanda. La sentencia también descarta la prescripción total y parcial, considerando que el hecho continuado permite el reclamo. La condena incluye el reconocimiento del derecho y el pago de las sumas devengadas, con intereses a tasa del 6% anual y tasa pasiva del Banco de la Provincia de Buenos Aires desde la liquidación.

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