GARCIA CRISTIAN ARIEL C/ MINISTERIO DE SEGURIDAD PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO
La sentencia desestima la demanda del policía que reclama el pago de la retribución especial por cese, argumentando que no cumple con el requisito de 35 años de servicio efectivo para acceder al máximo del haber previsional. El tribunal confirma la legalidad de la resolución administrativa impugnada con base en la normativa vigente y antecedentes jurisprudenciales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Cristian Ariel Garcia, demandó al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires solicitando la anulación de la resolución que desestimó el pago de la retribución especial por cese. Reclama que, con 32 años y 2 meses de servicio, cumple con los requisitos legales para acceder a dicho beneficio, que según la ley 13.982, se otorga a quienes reúnen los requisitos para percibir el máximo del haber previsional. La demanda fue rechazada por la autoridad administrativa, que argumentó que el beneficiario no alcanza los 35 años de servicios efectivos requeridos para el acceso a la retribución en cuestión, ya que la norma exige dicho mínimo para obtener el 100% del haber y, por ende, el derecho a la retribución especial. La resolución administrativa se ajustó a la normativa aplicable, que en su art. 28 de la ley 13.236 y en las interpretaciones jurisprudenciales, establece que solo quienes alcanzan los 35 años de servicios efectivos pueden acceder al máximo del haber y a la retribución especial. El tribunal comparte estos argumentos y concluye que la decisión impugnada no ha sido vulnerada ni por exceso ni por omisión, por lo que se desestima la demanda. La jurisprudencia citada respalda la interpretación de que la condición de los 35 años es esencial para el otorgamiento del beneficio y que la mera antigüedad no es suficiente si no se cumple con dicho requisito. FUNDAMENTOS PRINCIPALES: “Corresponde señalar que la normativa aplicable, en particular el artículo 28 de la ley 13.236, establece que el derecho al 100% del haber previsional se alcanza con 35 años de servicios efectivos en la Policía de la Provincia de Buenos Aires. En este contexto, el artículo 45 inc. f) de la ley 13.982, que regula la retribución especial por cese, condiciona su otorgamiento a que el beneficiario reúna los requisitos para percibir el máximo del haber previsional, es decir, haber alcanzado los 35 años de servicio. La resolución administrativa impugnada, que denegó el pago, se basa en que el actor no cumple dicho requisito, pues su antigüedad es de 30 años, 2 meses y 10 días, y además, la jurisprudencia consolidada sostiene que el beneficio se concede solo a quienes acreditan los 35 años efectivos, como en las causas 'Aguilar' y 'Villavicencio'. La
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