RAMIREZ BRAIAN NICOLAS Y OTRO/A S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS - OTROS JUICIOS
Conceden el beneficio de litigar sin gastos a los actores por insuficiencia de recursos; la decisión se fundamenta en la evaluación de las pruebas y el análisis de la situación económica, garantizando el acceso a la justicia en línea con la Constitución provincial.
- Quién demanda: BRAIAN NICOLÁS RAMIREZ y MILAGROS AYLEN GOMEZ
¿A quién se demanda?
PROVINCIA DE BUENOS AIRES y otro en autos "RAMIREZ, BRAIAN NICOLAS Y OTRA C/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y OTRO S/ PRETENSION INDEMNIZATORIA"
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Beneficio de litigar sin gastos por imposibilidad económica
¿Qué se resolvió?
Se concede el beneficio de litigar sin gastos a los actores, considerando que no poseen recursos suficientes y que la situación no revela holgura económica alguna. La sentencia cita expresamente: "el artículo 81 del Código Procesal Civil y Comercial establece que 'No obstará a la concesión del beneficio la circunstancia de tener el beneficiario lo indispensable para procurarse su subsistencia cualquiera fuera el origen de sus recursos'". Además, afirma que "las pruebas aportadas en autos, analizadas conforme a las reglas de la sana crítica, arrojan suficiente convicción para conceder el beneficio". La resolución fundamenta que la institución busca garantizar el acceso a la justicia y la tutela judicial efectiva, en línea con la Constitución Provincial.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia analiza las declaraciones juradas y los informes de AFIP y registros de aeronaves, concluyendo que no hay bienes inscriptos a nombre de los actores, y que su situación económica no permite afrontar los gastos procesales. Se fundamenta además en los arts. 77 inc. 1, 78, 79, 81, 84, 384 y concs. del C.P.C.C., y en el artículo 15 de la Constitución Provincial.
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