YACARUSO FELIX RODOLFO C/ INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION
El juez de primera instancia declara su incompetencia para entender en el proceso y remite la causa a la justicia federal, fundamentando que la existencia de un interés nacional hace a la causa de competencia federal. La decisión se basa en preceptos constitucionales y leyes que regulan la competencia de los tribunales en causas con interés nacional.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Yacaruso Félix Rodolfo, promovió un juicio contencioso administrativo contra el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires y la ANSES, solicitando el reconocimiento y restablecimiento de derechos relacionados con una jubilación. La causa fue presentada en la justicia provincial, pero se planteó la duda sobre la competencia, dado que la ANSES también fue demandada y está involucrada una entidad nacional. El tribunal, considerando que las causas en las que participa la Nación o una entidad nacional corresponden a la competencia de la justicia federal, declaró su incompetencia de oficio y dispuso remitir la causa a la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata para su correcto sorteo y sustanciación. La resolución se fundamenta en la jurisprudencia y en la normativa constitucional y legal aplicable, que establece la competencia privativa de la justicia federal ante interés nacional. El tribunal cita: "los jueces provinciales no pueden entender en las causas que en virtud del artículo 116 de la Constitución Nacional y de la ley 48, corresponden a la competencia federal" y "corresponde a la justicia federal entender en las causas en las que la Nación o una entidad nacional sea parte por aplicación del principio que establece que en presencia de un interés nacional incumbe en términos generales la competencia del citado fuero". Se concluye que la causa debe ser sustanciada en la justicia federal, remitiendo la misma para su correspondiente tramitación.
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