FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ BELOSO CHRISTIAN EDUARDO S/ APREMIO PROVINCIAL
La sentencia ordena la ejecución por apremio contra Christian Eduardo Beloso para que pague la deuda fiscal de $752.869,60, con intereses desde la demanda, confirmando la validez del procedimiento de apremio y dejando firme el monto reclamado.
- Quién demanda: Fisco de la Provincia de Buenos Aires
¿A quién se demanda?
Christian Eduardo Beloso
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pago del capital de $752.869,60 con intereses desde la demanda
¿Qué se resolvió?
Orden de ejecución y remate hasta el pago íntegro del monto reclamado
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 7, 10, 25 y concs. de la ley 13.406; 116 y 155 del CPCC). Se deja constancia asimismo que la parte ejecutada en el presente proceso de apremio fue intimada de pago en el domicilio oportunamente denunciado, según consta en el respectivo mandamiento de intimación de pago y embargo agregado en autos. Por ello, conforme a lo peticionado y en virtud de lo prescripto por los artículos 7, 10, 24, 25 y concs. de la ley 13.406 y los artículos 540, 549, ss. y concs. del C.P.C.C.; Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte demandada, CHRISTIAN EDUARDO BELOSO; haga íntegro pago al accionante, FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, del capital reclamado en PESOS SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE CON 60/100 , ($ 752.869,60). A dicho monto se le aplicarán los intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda y hasta su efectivo pago. Hallándose la parte demandada debidamente anoticiada del apercibimiento dispuesto en la primera providencia dictada en autos, corresponde tener por constituído en los estrados del Juzgado, el domicilio ad litem correspondiente a la misma." "Las costas se imponen a la vencida y se difiere la regulación de honorarios para su oportunidad." "Agréguese y téngase presente el mandamiento de intimación de pago y embargo acompañado." "Regístrese y notifíquese." Disposiciones que confirman la validez del proceso ejecutivo y la procedencia del remate, consolidando la deuda y el procedimiento de
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: