DEGULIS ALICIA BEATRIZ S/ DETERMINACION DE LA CAPACIDAD JURIDICA
La sentencia declara la capacidad jurídica restringida de Alicia Beatriz Degulis, limitándose en actos patrimoniales y personales, en base a un diagnóstico de discapacidad intelectual profunda. La decisión se fundamenta en informes interdisciplinarios y en la normativa vigente que promueve la protección de derechos de personas con discapacidad, manteniendo la figura de apoyo designada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa fue promovida para determinar y reevaluar la capacidad jurídica de la señora Degulis Alicia Beatriz. Se realizaron múltiples evaluaciones interdisciplinarias que concluyeron que la causante presenta discapacidad intelectual profunda, irreversible, con un pronóstico que requiere su institucionalización y protección mediante apoyos específicos. La sentencia destaca que la Ley 26.657 y la Convención Interamericana de Derechos de Personas con Discapacidad establecen que la restricción de la capacidad debe ser excepcional y en beneficio de la persona, promoviendo su autonomía en la medida de lo posible. La evaluación clínica y los informes técnicos señalaron que la señora Degulis no comprende actos como el matrimonio, la firma de testamentos o el manejo del dinero, por lo que su capacidad para realizar estos actos debe estar limitada y con asistencia. La audiencia del art. 35 del CCyC confirmó su satisfacción en el Hogar, su tratamiento, y la figura de apoyo del hermano Gustavo Degulis, quien manifiesta estar de acuerdo con la continuidad de dicha figura. La jueza concluye que la discapacidad de la causante es profunda y que su situación requiere la restricción de su capacidad jurídica para proteger su bienestar, manteniendo la figura de apoyo designada.
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