CARBONE GRACIELA NOEMI c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la constitucionalidad de la movilidad prevista en la Ley 27.426 y la actualización de la Prestación Básica Universal conforme a los parámetros del precedente “Badaro”. Además, revocó la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426 y ordenó el reajuste de la prestación del actor en los meses de enero y febrero de 2021.
¿Quién es el actor?
Graciela Noemi Carbone
¿A quién se demanda?
ANSES
- Objeto de la demanda: Reajuste de la prestación previsional y cuestiones relacionadas con la movilidad y aplicación de leyes previsionales.
¿Qué se resolvió?
La Sala confirmó la constitucionalidad de la movilidad en la ley 27.426, la aplicación del índice “Badaro” para la liquidación, y la constitucionalidad del art. 1 de la ley 27.426. También ordenó a ANSES reajustar la prestación en enero y febrero de 2021. La declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 fue revocada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia se basa en la jurisprudencia de la Corte Suprema, en particular la sentencia “Morales” y el precedente “Badaro”, estableciendo que la correcta liquidación y actualización de las prestaciones deben ajustarse a los índices constitucionales y precedentes del Alto Tribunal. La Cámara también rechazó los planteos sobre inconstitucionalidad de leyes y decretos, remitiéndose a fallos anteriores y a la doctrina de la CSJN, concluyendo que la normativa en cuestión no viola derechos constitucionales y que la aplicación de los índices y leyes es constitucional. La sentencia también abordó la cuestión de la confiscatoriedad y el carácter integral de los beneficios de la seguridad social, confirmando que la liquidación debe hacerse con parámetros que no sean confiscatorios.
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