SAMMARTINO ALDO HORACIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que declaró la existencia de cosa juzgada y rechazó la planteada inconstitucionalidad de las leyes 27426, 27541 y 27609, manteniendo la validez de dichos actos legislativos y la improcedencia de la reclamada.
- Quién demanda: Aldo Horacio Sammartino
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste de haberes previsionales, reconocimiento de diferencias en el haber inicial y aplicación de bonos o refuerzos desde septiembre 2022 a enero 2024.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la excepción de cosa juzgada y se rechazó la demanda en cuanto a la inconstitucionalidad de las leyes 27426, 27541 y 27609, confirmando la validez de dichas leyes y la constitucionalidad de las mismas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia firme dictada en la causa anterior “SAMMARTINO ALDO HORACIO c/ Anses s/ Reajustes Varios” quedó en autoridad de cosa juzgada, por lo que no puede volver a debatirse la misma cuestión. La jurisprudencia cita fallos como “Fallos: 311:495” y “Fallos: 157:127” que refuerzan que la cosa juzgada abarca todas las cuestiones planteadas y decisión en el proceso. La declaración de inconstitucionalidad de normas es una medida de última ratio y requiere un perjuicio concreto, que en este caso no se acreditó. La CSJN y la CFSS han sostenido la constitucionalidad de la movilidad de los haberes previsionales y las leyes cuestionadas, rechazando los planteos de inconstitucionalidad. La revisión del contenido legislativo y la conveniencia política escapan a la competencia judicial, por lo que no procede la declaración de inconstitucionalidad del marco normativo. La causa fue decidida con costas en orden causado, y se regularon los honorarios profesionales en conformidad con las leyes aplicables.
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