SISTEMAS UNIFICADOS DE CREDITO DIRIGIDO S.A C/ METALLINO SILVINA EMMA S/ COBRO EJECUTIVO
La sentencia ordena el pago de $1.390,62 más intereses por ejecución de pagaré, estableciendo la mora desde el 01/09/2010 y condenando a la demandada al pago, con costas a su cargo. La decisión se fundamenta en la existencia del pagaré y en la mora del deudor, conforme a la normativa aplicable.
- Quién demanda: SISTEMAS UNIFICADOS DE CREDITO DIRIGIDO S.A
¿A quién se demanda?
SILVINA EMMA METALLINO
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro ejecutivo por la suma de $1.390,62, intereses y costas, por ejecución de pagaré librado el 20/10/2009 por $5.562,48.
¿Qué se resolvió?
Se ordena a la deudora abonar la suma reclamada, más intereses desde la fecha de mora establecida en el 01/09/2010, y se confirman los actos de la ejecución. La sentencia fundamenta que la presentación del pagaré al cobro no exime del requisito de presentación para determinar la exigibilidad y la mora, y que los intereses corresponden desde la mora, en la tasa del Banco de la Provincia de Buenos Aires. Además, se imponen las costas a la vencida y se difiere la regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En virtud de la existencia de pagos parciales, se efectúa el reclamo por la suma de PESOS UN MIL TRESCIENTOS NOVENTA CON 62/100 ($1390,62), con más los intereses y costas. La característica del pagaré librado a la vista y sin protesto no exime al portador de la obligación de presentarlo al cobro por ante el deudor para determinar su exigibilidad y la mora del deudor, resultando dicha obligación una carga cambiaria imprescindible y sustancial en el acreedor (conf. Cám. Civ., Sala I, SM, 30797, 5-12-91; SCBA, Ac. 36580, 13-10-87). La fecha de mora se establece en el 01/09/2010, día en que el documento fue presentado al cobro, y los intereses se calculan desde dicha fecha, aplicando la tasa del Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones ordinarias de descuento de documentos convenidos en pesos a treinta días." Disidencia: No se registran votos en disidencia en esta sentencia.
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