SEGURO, LEANDRO FABIAN c/ OMINT ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la valoración de incapacidad psíquica en favor del trabajador y confirmó la condena a la aseguradora, incrementando el monto y ajustando los parámetros de actualización y los intereses, en reconocimiento de la relación causal con el accidente laboral.
¿Quién es el actor?
Leandro Fabian Seguro
¿A quién se demanda?
OMINT ART S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamación por incapacidad laboral derivada de accidente y daños psíquicos asociados.
¿Qué se resolvió?
Se modificó la evaluación de incapacidad psíquica, elevándola al 30,13%, y se fijó un capital de condena de $4.200.800,50, ajustado por actualización salarial y con intereses. La Cámara consideró que la disminución psíquica tiene relación causal con el accidente y que los métodos de actualización utilizados son adecuados conforme al marco legal y jurisprudencial.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La pericia médica en el expediente, avalada por la perita designada, concluyó que la afección psíquica tiene relación causal con el accidente laboral. La valoración jurídica, basada en la sana crítica, aceptó la relación causal y elevó el porcentaje de incapacidad psíquica. Se fundamentó además en la normativa vigente, incluyendo la ley 24.557, el decreto 669/2019 y las interpretaciones del Ministerio Público Fiscal, respecto a la actualización de la indemnización mediante RIPTE y la aplicación de intereses. Se sostuvo que la ley especial de riesgos del trabajo modifica las reglas de actualización y que la tasa de interés del 6% anual es adecuada para la compensación del perjuicio por privación de capital. Finalmente, se fijaron costas y honorarios en las instancias correspondientes.
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