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BAO, RICARDO MARCELO c/ EN - M SEGURIDAD - PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Cámara revocó la declaración de prescripción en los procesos de Bao, Lucio y Maldonado, considerando que la firmeza de la sentencia penal absolvió a los actores y que la interpretación restrictiva del plazo de prescripción debe favorecer la subsistencia del derecho al reclamo contra los actos administrativos.

Recursos de apelacion Prescripcion Reparacion Cosa juzgada Responsabilidad administrativa Derechos previsionales Cesantia Sentencia penal firme Nulidad actos administrativos Materia disciplinaria


- Quién demanda: Ricardo Marcelo Bao, Javier Andrés Lucio y Pablo Sebastián Maldonado.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional – Ministerio de Seguridad – Policía Federal Argentina (PFA).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

nulidad de actos administrativos que dispusieron sus retiros obligatorios o cesantía, y la reincorporación a la fuerza, reconocimiento de derechos salariales y previsionales, y pago de diferencias.

¿Qué se resolvió?

Se revocó la sentencia que declaraba la prescripción y se ordenó remitir las causas a primera instancia para que se pronuncien sobre los aspectos sustanciales del fondo del asunto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La sentencia analiza la naturaleza y alcance del plazo de prescripción, destacando que, en materia disciplinaria, la prescripción debe aplicarse en forma restrictiva y que la firmeza de sentencia penal absolutoria implica que no puede considerarse extinguida la acción administrativa en los términos del art. 4023 del CC en su momento. Se argumenta que la sentencia penal firme, que reconoció la legítima defensa y absolvió a los actores, constituye un "instrumento decisivo" que impide la extinción del derecho por prescripción, ya que la autoridad administrativa no puede desconocer la eficacia probatoria de una sentencia penal firme. Además, afirma que las actuaciones administrativas y disciplinarias no deben considerarse automáticamente prescritas por la mera inacción, sino que deben ponderarse las circunstancias del caso, incluyendo la autoridad de cosa juzgada de la sentencia penal. La decisión también destaca que las presentaciones administrativas realizadas por los actores tuvieron trámite en los plazos previstos y que la falta de certificación judicial de firmeza en el pasado no puede invalidar el reclamo una vez que la sentencia penal firme establece la responsabilidad civil y la materialidad del hecho. La resolución remite las causas a primera instancia para que se dicte un pronunciamiento de fondo, dado que la cuestión de la prescripción afecta directamente la sustancia del derecho alegado.

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