SHELL COMPAÑIA ARGENTINA DE PETROLEO SA (TF 38115-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
La Cámara Contencioso Administrativo Federal declara inadmisible el recurso extraordinario del Fisco Nacional contra la sentencia que hizo lugar a la demanda de Shell Argentina, por considerar que la cuestión federal está resuelta con jurisprudencia consolidada y que la queja por arbitrariedad no evidencia una decisión carente de fundamentación.
¿Quién es el actor?
Shell Compañía Argentina de Petróleo SA
¿A quién se demanda?
DGA (Dirección General de Aduanas)
- Objeto de la demanda: Reclamación de repetición de diferencias aduaneras tras la declaración de inconstitucionalidad del derecho de exportación establecido en la resolución MEyP 394/07 y la aplicación de intereses en función de la tasa pasiva del Banco Central.
- Decisión del tribunal: La Sala hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad de normas que establecían derechos de exportación, y admitió la repetición con intereses; posteriormente, rechazó el recurso extraordinario federal del Fisco Nacional, por considerar que la cuestión federal ya está claramente resuelta jurisprudencialmente y que los agravios del recurso son insustanciales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La doctrina del Alto Tribunal establece que las cuestiones federales se tornan insustanciales cuando una clara jurisprudencia, indudablemente aplicable a ellas, impide toda controversia seria respecto de su solución y la recurrente no aduce razones que pongan en duda la aplicabilidad del precedente o importen nuevos argumentos que puedan llevar a una modificación de lo establecido en aquél." "La sentencia de esta Sala se ajusta al criterio de los precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación... y los planteos en el recurso extraordinario son insustanciales." "Respecto a la arbitrariedad, la Corte ha señalado que corresponde a ella decidir su existencia, pero los órganos judiciales deben resolver si la apelación federal cuenta con fundamentos suficientes. La sentencia impugnada no presenta deficiencias lógicas ni ausencia de fundamentación que la hagan una 'sentencia fundada en ley'." "El Fisco Nacional no demuestra que la decisión exceda el interés individual de las partes y afecte de manera directa a la comunidad, por lo que el recurso extraordinario resulta inadmisible."
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