STAUBLE AGUSTINA AZUL Y OTRO c/ EN - M° INTERIOR - PFA - SUPERINTENDENCIA DE BOMBEROS Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La Cámara Contencioso Administrativo Federal - Sala V rechaza la queja por denegatoria de apelación y confirma que el recurso de apelación interpuesto por la parte actora fue incorrectamente deducido en lugar de un recurso de queja, conforme al artículo 282 del CPCCN, y ordena la devolución del expediente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La parte actora, en autos STAUBLE AGUSTINA AZUL Y OTRO c/ EN
- M° INTERIOR
- PFA
- SUPERINTENDENCIA DE BOMBEROS Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS, interpuso un recurso de apelación contra una sentencia de primera instancia.
- La jueza de primera instancia denegó dicho recurso por extemporáneo, considerando que el mismo fue presentado fuera de plazo, ya que la sentencia definitiva fue notificada el 09/04/2024 y el recurso se dedujo el 02/12/2024.
- La parte actora interpuso un recurso de apelación contra esa denegación, que fue concedido y fundamentado en fojas 1248/1252, y fue objeto de réplica.
- La Cámara, en su análisis, señala que, al momento de la denegatoria de la apelación, la parte recurrente debió presentar un recurso de queja conforme al artículo 282 del CPCCN, en lugar de un nuevo recurso de apelación.
- La Cámara concluye que la vía procesal correcta no fue seguida y que el recurso de apelación fue erróneamente concedido. Por ello, declara mal concedido el recurso de la parte actora, con costas, en virtud de las particularidades del caso.
- La decisión se fundamenta en que la vía adecuada para impugnar la denegación de la apelación es la queja, no un nuevo recurso de apelación, y en que la elección procesal fue incorrecta.
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