MERISANT ARGENTINA SRL c/ AFIP - DGA s/DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
La Cámara Federal de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó parcialmente la resolución que dejó sin efecto la sanción de multa por infracción aduanera, considerando que la documentación aportada por la actora demostraba la regularización de la importación temporaria, aunque mantuvo la condena y ajustó las costas a la parte vencida.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Merisant Argentina S.R.L., demanda la nulidad de la resolución administrativa que la sancionó por infracción al artículo 970 del Código Aduanero tras detectar irregularidades en la documentación de la importación temporaria amparada por la DIT 05 001 IT14 006119 E. La sentencia de primera instancia dejó sin efecto la sanción, fundándose en la existencia de errores formales en la documentación, específicamente en la consignación de unidades en permisos de embarque, que habrían sido errores de forma y no sustanciales, y en la prueba de que la mercadería fue efectivamente reexportada. La Cámara confirmó la decisión en cuanto a la nulidad de la sanción, valorando que la documentación aportada demostraba la regularización, pero modificó la distribución de costas, imponiéndolas a la parte demandada, dado que esta resultó sustancialmente vencida. El tribunal consideró que no existía perjuicio concreto que justificara la apelación respecto de la prescripción, y que los errores en la documentación eran meramente formales, sin afectar la sustancia del cumplimiento del régimen de importación temporaria.
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