PBB POLISUR SRL (TF 22500459-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
La Cámara Federal de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal Sala II revoca la sentencia de primera instancia, declara la nulidad del Decreto 793/2018, y ordena la devolución de los derechos de exportación indebidamente abonados por la actora, fundamentando que el decreto carece de sustento legal y viola la reserva de ley en materia tributaria.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, PBB Polisur SRL, demanda la devolución de derechos de exportación pagados en exceso durante el período comprendido entre la entrada en vigencia del Decreto 793/2018 (4/09/2018) y la entrada en vigencia de la Ley 27.467 (13/12/2018). Argumenta que el decreto, que estableció un derecho de exportación del 12%, no fue sancionado por ley y, por tanto, carece de validez constitucional, pues viola el principio de reserva de ley en materia tributaria. La Corte Suprema en el fallo “Camaronera Patagónica” (2014) estableció que “el principio de reserva de ley en materia tributaria no cede en caso de que se actúe mediante el mecanismo de la delegación legislativa previsto por el art. 76 de la Constitución”. La jurisprudencia indica que la delegación legislativa para fijar aspectos esenciales de los tributos es inválida, y los derechos de exportación son una reserva exclusiva del Congreso. Además, la ley 27.467 ratificó expresamente la vigencia del Decreto 793/2018, pero no tiene efecto retroactivo, por lo que los pagos realizados antes de su sanción deben ser considerados indebidamente abonados. La Cámara concluye que el decreto, al no haber sido sancionado por ley, es inconstitucional y, por tanto, debe ordenarse la devolución de los importes pagados por la actora, con los intereses correspondientes, en moneda nacional, desde la fecha de pago hasta la efectiva restitución. La sentencia también confirma la aplicación de la tasa de interés legal vigente y la imposición de costas a la demandada.
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