SACCHERO, DANIEL EDUARDO c/ JUNTA NACIONAL DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE s/EMPLEO PUBLICO
La Cámara Federal de Apelación en lo Contencioso Administrativo Federal revoca la declaración de incompetencia de oficio del Juzgado N° 10 del Fuero, determinando que la competencia territorial corresponde a la jurisdicción federal de Córdoba, y ordena que el juez de grado reasuma el conocimiento de la causa. La decisión se fundamenta en que la declinatoria de competencia fue improcedente al no existir un planteo expreso en ese sentido y al haberse celebrado contratos en la jurisdicción.
¿Quién es el actor?
Daniel Eduardo Sacchero
¿A quién se demanda?
Junta de Seguridad en el Transporte (JST)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por desvinculación laboral, por un monto de $57.095.022 más actualización, intereses y costas
¿Qué se resolvió?
La Cámara revoca la declaración de incompetencia del Juzgado N° 10 y ordena que reasuma el conocimiento de la causa.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal señala que la declaración de incompetencia del 18/7/2025 fue improcedente, ya que vulnera lo dispuesto por el artículo 1° del CPCCN, en cuanto a la prórroga de la competencia territorial en asuntos patrimoniales. La declinatoria de competencia no fue acompañada de un planteo expreso por la parte contraria y, además, los contratos de prestación de servicios impugnados habrían sido celebrados en la jurisdicción del tribunal, donde se acordó expresamente la prórroga de competencia, conforme al artículo 5° del CPCCN. La decisión del juez de grado de declinar su competencia fue, por tanto, incorrecta, y la causa debe volver a su jurisdicción originaria para su tramitación.
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