REGNER, MARIA ELENA EN LA REPRESENACION INVOCADA c/ PAMI s/AMPARO LEY 16.986
La Cámara Federal de Paraná confirmó la sentencia que ordenó la afiliación de un beneficiario de pensión no contributiva al PAMI, rechazando la argumentación de la obra social basada en la cobertura del programa 'Incluir Salud'. La decisión reafirma el derecho de beneficiarios de pensiones no contributivas a afiliarse y acceder a la cobertura del PAMI, incluso con cobertura alternativa. La Cámara consideró que la normativa vigente y la jurisprudencia de la Corte Suprema respaldan este derecho, en línea con las resoluciones que establecen que los beneficiarios de pensiones no contributivas tienen derecho a usar los servicios del sistema de salud, salvo que tengan otra obra social.
Actor: La señora María Elena Regner en representación de su hijo discapacitado A.B.C. Demandado: El Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP-PAMI). Objeto: La afiliación y cobertura de salud de A.B.C. como adherente de su madre en el PAMI, rechazado por la obra social por tener pensión no contributiva. Decisión: La Cámara hizo lugar a la acción y ordenó la afiliación de A.B.C. al PAMI, confirmando la sentencia de grado y rechazando el recurso de la demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara remite a precedentes y jurisprudencia de la Corte Suprema que establecen que los beneficiarios de pensiones no contributivas tienen derecho a afiliarse al PAMI y acceder a la cobertura de salud, incluso si poseen cobertura en otros programas como 'Incluir Salud'. Se sostiene que la normativa vigente y las decisiones de la Corte respaldan este derecho, y que la existencia de cobertura en 'Incluir Salud' no impide la afiliación al PAMI. La sentencia cita fallos y dictámenes que refuerzan este criterio, rechazando la alegación de la obra social basada en la normativa interna y en que no hubo acto lesivo.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: