G, G. c/ SUPERINTENDENCIA DE BIENESTAR DE LA POLICIA FEDERAL s/LEY DE DISCAPACIDAD
La Cámara Federal de Mar del Plata confirmó la imposición de costas a la parte demandada en un proceso de amparo por discapacidad, sosteniendo que la necesidad de iniciar el proceso para garantizar derechos fundamentales justifica que las costas sean a cargo de la parte que se benefició de la acción judicial.
- Quién demanda: G., G. (actora)
¿A quién se demanda?
Superintendencia de Bienestar de la Policía Federal (demandada)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Restablecimiento de derechos en el marco de la Ley de Discapacidad, con solicitud de que las costas del proceso sean a cargo de la demandada.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que impuso las costas a la demandada, argumentando que la actora tuvo que iniciar el proceso por la conducta reticente de la demandada, poniendo en riesgo su salud.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Al respecto expresa Néstor Sagües, con cita a Augusto Morello, que '(…) de todas maneras, el postulado general de la atribución de costas al vencido, es de criterio objetivo y no subjetivo, pues trata más de sufragar las costas del pleito, que de inquirir sobre los ánimos del allí derrotado (…)'. Asimismo, se indica que la actora debió iniciar el proceso para garantizar sus derechos fundamentales, y que 'la actuación con derecho otorga la verdadera dimensión de la objetividad en materia de costas, puede colegirse que no basta la mera creencia subjetiva del litigante, en orden a la razonabilidad de su pretensión, para eximirlo de costas'." La sentencia sostiene que la imposición de costas a la parte demandada es ajustada a derecho, y que la necesidad de defender derechos constitucionales justifica que las costas sean a su cargo.
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