BARRIOS, RAMONA NOELIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de La Plata confirmó la sentencia que ordenó a la ANSeS otorgar una pensión por fallecimiento, ratificando que la omisión de aportes previos del causante no puede ser imputada a la viuda, en atención a la protección del derecho previsional y los fines sociales del sistema.
- Quién demanda: Ramona Noelia Barrios
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamó la declaración del carácter regular del aportante del causante para acceder a la pensión por fallecimiento.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la decisión de grado que ordenó a la ANSeS otorgar el beneficio considerando al causante como aportante regular.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La falta de aportes previsionales no puede ser imputada al trabajador, quien cumplió con su deber de presentarse a trabajar y percibir su salario, sino que debe ser atribuida exclusivamente al empleador, quien omitió efectuar los aportes correspondientes". Además, se sostuvo que "los períodos reclamados figuran en los sistemas de esta Administración como Sumatoria Haberes NO REMUNERATIVOS y por ello no computables a los fines de determinar la condición de aportante del causante". La jurisprudencia de la Corte Suprema refuerza que "el rigor de los razonamientos lógicos debe ceder ante la necesidad de que no se desnaturalicen los fines que la inspiran, que son la cobertura de riesgos de subsistencia, ancianidad y protección integral de la familia".
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