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L., A. c/ INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS (PAMI) s/AMPARO LEY 16.986

La Cámara Federal de La Plata confirmó la sentencia que ordenó la cobertura continua de medicación por parte del PAMI y rechazó el recurso de apelación del Instituto, manteniendo las costas y regulando los honorarios del letrado actoral en 3.6 UMA. La decisión se fundamenta en la protección del derecho a la salud y en que la negativa del PAMI fue arbitraria y contraria a derechos constitucionales.

Costas Recurso de apelacion Honorarios Derecho a la salud Amparo Pami Negativa arbitraria Proteccion constitucional Ley 27.423 Medicacion.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, A. L., promovió amparo contra el PAMI para obtener la provisión continua de Mirabegron 50 mg, prescripto para vejiga hiperactiva. El juez de primera instancia hizo lugar a la demanda, considerando que la negativa del PAMI fue arbitraria y que la actuación del médico tratante debía prevalecer frente a criterios administrativos. El tribunal de alzada confirmó esta decisión, reiterando que la vía judicial fue necesaria para garantizar el derecho a la salud, y rechazó la impugnación del PAMI sobre las costas y honorarios, regulando estos en 3.6 UMA. La resolución destaca que la protección del derecho a la salud tiene carácter prioritario y que la negativa del PAMI careció de justificación válida, justificando la imposición de costas de alzada y la regulación de honorarios en función del carácter sumario del proceso y los resultados obtenidos.

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