O., J. N. c/ PAMI s/LEYES ESPECIALES (diabetes, cáncer,fertilidad
La Cámara Federal de Córdoba confirmó la resolución que ordenó la cobertura total del medicamento Odomzo para un paciente oncológico, rechazando los recursos de apelación y manteniendo la decisión basada en la derecho a la salud y la prescripción médica, en línea con normativas nacionales e internacionales.
¿Quién es el actor?
J. N. O., jubilado de 74 años con carcinoma de piel basocelular
¿A quién se demanda?
PAMI (INSSJP)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobertura total del medicamento Odomzo (Sonidegib) 200 mg, prescrito por su médica tratante, Dra. Valeria Cerutti, para tratar su enfermedad.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la resolución que ordenó a PAMI proveer la medicación, rechazando los agravios de la demandada, considerando que la prescripción médica y la documentación acompañada acreditan la necesidad del medicamento y que su negativa constituye una denegatoria de cobertura, vulnerando derechos constitucionales y derechos humanos, en especial el derecho a la salud, conforme a la Ley 27.423 y la normativa internacional.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La relación médico-paciente y la libertad de prescripción, en tanto que la médica tratante indicó el medicamento en función de la gravedad de la enfermedad y con autorización del ANMAT (Disposición 3914/2024). La jurisprudencia y los tratados internacionales garantizan el derecho a la salud y la protección de personas en situación de vulnerabilidad, como mayores de edad. La denegatoria por parte de PAMI, basada en la falta de convenio con la droga, constituye una denegación de acto válido y justificado en la ley, pero que vulnera derechos constitucionales, por lo que la acción de amparo es procedente. La regulación de honorarios y costas se ajusta a la normativa vigente, con la imposición de costas a la parte demandada y honorarios en el 35% de lo regulado en instancia de grado. La sentencia de primera instancia fue correctamente fundada y motivada, y la apelación no logra superar los requisitos de agravio, por lo cual se confirma en todos sus términos.
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