FERRERO, ELVA RAMONA c/ PEN Y ANSES s/PENSIONES
La Cámara Federal de Córdoba confirma la sentencia de grado que hizo lugar a la reclamada demanda de pensión por fallecimiento, rechazando los agravios del recurso de apelación y confirmando la reconocimiento del derecho previsional por la acreditación de años de aportes y moratoria.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, Elva Ramona Ferrero, demanda a la ANSES solicitando el reconocimiento de la pensión por fallecimiento de su cónyuge, Juan Carlos Debernardi, y el pago de los retroactivos.
- La demanda fue admitida por el juez de primera instancia, quien falló a favor de la accionante, considerando que el causante cumplió con los años de aportes requeridos y que la normativa aplicable respalda la procedencia del beneficio.
- La parte demandada, ANSES, interpuso recurso de apelación alegando que el causante no cumplía con los requisitos para ser considerado aportante regular, en particular, que no se acreditaron los aportes necesarios y que no se configuraba la regularidad en el cumplimiento de las obligaciones previsionales.
- La Cámara revisó la normativa aplicable (Ley 24.241, Decreto 460/99, Ley 24.476) y la jurisprudencia consolidada, concluyendo que los aportes realizados y las moratorias permiten acreditar más del 50% del mínimo de servicios requeridos, adaptando la interpretación a los principios de justicia y equidad.
- La Cámara confirma que, en función de los antecedentes, la cantidad de aportes acreditados corresponde a la totalidad de los años requeridos para la pensión, y que la negativa de ANSES a reconocer el beneficio sería arbitraria y contraria a la ley.
- Asimismo, se ratifica la condena en costas a la demandada perdidosa y la regulación de honorarios en el 35% de lo que oportunamente sea estimado en la instancia inferior.
- La sentencia de primera instancia se mantiene en todos sus términos, rechazando los agravios y confirmando la procedencia del reclamo.
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