Incidente Nº 1 - ACTOR: MUÑOZ, MIRTA HAYDEE DEMANDADO: ANSES s/INC APELACION
La Cámara Federal de Córdoba confirmó la sentencia que reguló honorarios en una causa de mora administrativa, manteniendo los honorarios en 10 UMA y dejando a salvo los criterios jurisprudenciales aplicados, además de imponer las costas en el orden causado por cambio en la jurisprudencia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, representada por la doctora Luna Natasha Nicolle, impugnó la regulación de honorarios de 10 UMA, considerándolos bajos. La Cámara analizó jurisprudencia previa sobre honorarios en casos de amparo por mora, citando autos similares y estableciendo que en casos análogos, los honorarios deben mantenerse en 7 UMA, criterio que se reproduce en esta causa. La Cámara decidió no modificar los honorarios regulados por el juez de grado para evitar una reformatio in peius y confirmó la resolución en ese aspecto. Por otra parte, se declaró la inconstitucionalidad del art. 21 de la Ley N° 24.463 en relación con las costas, imponiéndolas en el orden causado, en virtud del cambio jurisprudencial y del art. 36 de la Ley 27.423. La decisión se fundamenta en los precedentes que establecieron la constitucionalidad del art. 36 de la Ley 27.423 y la inaplicabilidad del art. 21 de la Ley 24.463, y en la jurisprudencia que señala que los honorarios de la actora actuando por derecho propio no deben ser regulados. La resolución fue firmada por todos los integrantes del tribunal, en fecha 4 de septiembre de 2025.
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