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N. G., E. c/ PAMI -INSSJP s/AMPARO LEY 16.986

La Cámara Federal de Bahía Blanca confirmó la sentencia que ordenó al PAMI la cobertura integral de las terapias de acompañamiento terapéutico en el caso de una menor con trastorno del espectro autista. La decisión se fundamentó en la necesidad médica y en el derecho constitucional a la salud, rechazando el pedido en domicilio por falta de prueba fehaciente.

Discapacidad Derechos del nino Salud Cobertura medica Pami Constitucionalidad Accion de amparo Acompanante terapeutico Autismo Ley 24.901


¿Quién es el actor?

María Aurora González Cantero en representación de su hija N.G., E.

¿A quién se demanda?

PAMI-INSSJP

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobertura integral al 100% de acompañante terapéutico en ámbito escolar (marzo-diciembre 2025) y en domicilio (enero-febrero y receso invernal 2025).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la acción, ordenando la cobertura en ámbito escolar y rechazando la en domicilio por insuficiencia probatoria.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La sentencia destaca que la menor presenta diagnóstico de autismo y requiere terapias multidisciplinarias, incluyendo acompañante terapéutico, que la médica prescribió. La jurisprudencia y la normativa constitucional protegen el derecho a la salud y a la protección integral de los discapacitados y niños. La conducta de la obra social de denegar la cobertura sin prueba fehaciente y en violación a la prescripción médica constituye arbitrariedad y vulnera derechos constitucionales. La ley 24.901 y la Convención sobre los Derechos del Niño refuerzan la obligación del Estado y las obras sociales de brindar prestaciones en salud. La falta de prueba de la prestación en domicilio fundamenta el rechazo de esa parte del pedido.

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