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SALVI, HUGO NORBERTO c/ ANSES s/IMPUGNACION de ACTO ADMINISTRATIVO

La Cámara Federal de Bahía Blanca modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, declarando la inconstitucionalidad de las leyes 27.609 y el art. 1 de la ley 27.609 para los años 2022 y 2023, y ordenando a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) ajustar el haber previsional del actor según los parámetros establecidos, considerando la inflación y los índices IPC, y rechazando la constitucionalidad de la ley 27.426. La decisión se fundamenta en que las fórmulas de movilidad no garantizaron el derecho constitucional a la movilidad jubilatoria, en particular en contextos inflacionarios de 2022 y 2023, y que las acciones estatales como subsidios no repararon adecuadamente los perjuicios, por lo que se declara la inconstitucionalidad y se ordena la actualización de los haberes.

Inconstitucional Movilidad previsional


¿Quién es el actor?

Hugo Norberto Salvi

¿A quién se demanda?

ANSES
- Objeto de la demanda: Impugnación de la validez y aplicación de las leyes 27.426, 27.541, 27.609 y sus decretos, en relación con la movilidad de haberes previsionales

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar parcialmente a la demanda, declarando la inconstitucionalidad de las leyes 27.609 y del art. 1 de dicha ley para los años 2022 y 2023, y ordenó a la ANSES ajustar el haber previsional del actor en los términos detallados, considerando los índices IPC, y rechazó el pedido de inconstitucionalidad de la ley 27.426.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La movilidad previsional es un derecho constitucional que requiere fórmulas razonables y proporcionales.
- La normativa vigente en 2022 y 2023, basada en índices que no reflejaron la inflación real, resultó ineficaz y dañina para los beneficiarios, por lo que su constitucionalidad fue cuestionada.
- La inflación y el proceso inflacionario impactaron negativamente en los haberes, y las acciones de subsidios no repararon íntegramente el daño.
- La jurisprudencia y los tratados internacionales de derechos humanos respaldan la protección del derecho a la movilidad y a una subsistencia digna.
- La ley 27.609, en los años 2022 y 2023, no cumplió con el estándar de razonabilidad ni garantizó la protección del derecho, por lo que fue declarada inconstitucional.
- Se ordena la actualización del haber en base a los índices IPC, en las fechas y montos señalados, asegurando que en ningún caso el beneficio sea inferior a lo liquidado bajo la ley 27.609.
- Las costas del proceso se imponen a la parte vencida, en línea con la jurisprudencia de la CSJN.

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