PARTIDO TERCERA POSICION (P3P) ORDEN NACIONAL s/CONTROL DE ESTADO CONTABLE - Balance 2024
La Justicia Electoral dejó sin efecto la suspensión de aportes públicos a Tercera Posición (P3P) y sancionó la pérdida del derecho a recibir financiamiento público por un año, dada la no presentación del balance 2024 y la caducidad del partido. La decisión se basa en el incumplimiento de obligaciones contables y la pérdida de personería jurídica.
¿Quién es el actor?
Poder Judicial de la Nación, Tribunal Electoral
¿A quién se demanda?
Partido Tercera Posición (P3P) Orden Nacional
- Objeto de la demanda: Control y fiscalización del cumplimiento de presentación de estados contables y sanción por incumplimiento
- Decisión del tribunal: Dejar sin efecto la suspensión de aportes públicos, considerar no presentado el balance 2024, y sancionar con pérdida del derecho a financiamiento por 1 año
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La resolución inicial suspendió la entrega de fondos hasta que se presenten los estados contables, pero el partido no cumplió. La caducidad del partido en junio de 2024 implica la pérdida del derecho a recibir aportes. La sanción de pérdida del financiamiento solo será efectiva si el partido recupera su personería política, según doctrina de la Cámara Electoral. La norma aplicable es el artículo 62 inciso f) de la ley 26.215, modificado por la ley 27.504, que sanciona la no presentación de informes con la pérdida del derecho a financiamiento por 1 a 4 años.
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