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La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario rechazó la queja del GCBA contra la denegación del recurso de inconstitucionalidad en un amparo por infraestructura escolar. La decisión se fundamentó en la falta de conexión entre los agravios y un supuesto caso constitucional, además de cuestiones formales en la presentación del recurso.
- Actor: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)
- Demandado: Grupo de padres en representación de sus hijos menores, y en parte la autoridad educativa y administrativa del GCBA
- Objeto de la demanda: Solicitud de ejecución de obras necesarias para adecuar infraestructura escolar en la Escuela Primaria Común 27 D.E. 15 "Petronila Rodríguez", con pedido de limitar la matrícula en 39 vacantes para 2019, y una planificación para los próximos cinco años.
- Decisión del tribunal: La Cámara confirmó la denegación del recurso de inconstitucionalidad, considerando que los agravios se basan en cuestiones de hecho y prueba, y en interpretaciones de normativa infraconstitucional, sin configurar un caso constitucional. Además, la presentación del recurso adoleció de formalidades temporales, por lo que fue rechazado.
- Fundamentos principales:
La resolución de primera instancia y la apelada consideraron que las deficiencias edilicias y la planificación de obras se valoraron en las instancias de mérito, donde se determinaron falencias edilicias y se ordenó la subsanación para garantizar derechos constitucionales a la educación en condiciones adecuadas.
La queja se dirigió a cuestionar aspectos de hecho y prueba, y no a un supuesto caso constitucional, por lo que no es admisible en el recurso extraordinario.
La falta de acreditación de la presentación en tiempo oportuno, por no constar la hora en la que fue interpuesto el recurso, llevó al rechazo por improcedencia formal.
El tribunal destacó que la invocación de principios constitucionales sin vinculación concreta con las cuestiones debatidas no configura un caso constitucional.
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