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MIRANDA, VICENTE LUIS S/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO (CIVIL) EN MIRANDA, VICENTE LUIS C/ CONS BILLINGHURST 1007 S/ INCIDENTE CIVIL (EXPTE. N 52396/1997)

La queja por denegatoria del recurso de inconstitucionalidad contra resolución que diferió el análisis hasta acreditar litigar sin gastos o integrar depósito. El Tribunal Superior de Justicia diferió el estudio hasta que se acredite la concesión definitiva del beneficio o se integre el depósito, y ordenó informar periódicamente.

Beneficio de litigar sin gastos Oportunidad procesal Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Fundamentacion por remision a precedente Diferimiento del pedido


- Quién demanda: Vicente Luis Miranda, abogado en causa propia
- A quién se demanda: La Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil
- Qué se reclama: La resolución que denegó in limine el recurso de inconstitucionalidad contra sentencia que confirmó rechazo de demanda, y solicitud de que se analice la queja en relación a la exención del depósito prevista en la ley 402 en el marco del beneficio de litigar sin gastos.
- Qué se resolvió: Se hace lugar a la queja y se difiere el estudio del recurso hasta que se acredite la concesión definitiva del beneficio de litigar sin gastos o se integre el depósito exigido por la ley, ordenando además que la parte informe periódicamente sobre el trámite del incidente. Se remite a la jurisprudencia del precedente "AUTOMÓVILES LAMBORGHINI LATINOAMÉRICA SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE Y OTRO S/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO", sentenciado el 17/08/2022.
- Fundamentos principales: "De conformidad con lo resuelto por este Tribunal en el precedente 'AUTOMÓVILES LAMBORGHINI LATINOAMÉRICA SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE Y OTRO S/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO', corresponde diferir el estudio de la queja hasta tanto se acredite la concesión definitiva del beneficio de litigar sin gastos —debiendo el interesado informar periódicamente acerca del trámite del referido incidente bajo apercibimiento de decretar la caducidad de la instancia— o se integre el depósito exigido por la ley." Disidencia: La jueza Alicia E. C. Ruiz no suscribe la resolución en los términos de la acordada n° 40/2014.

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