INCIDENTE DE COMPETENCIA EN AUTOS BUSTOS, FACUNDO EZEQUIEL Y OTROS SOBRE 172 - ESTAFA s/ CONFLICTO DE COMPETENCIA
El incidente de competencia en autos Martínez, Ricardo, sobre estafa, fue resuelto por el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires, que declaró la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 42, fundamentando que la disputa entre jueces de competencia no federal en la Ciudad Autónoma corresponde a este Tribunal según precedentes y jurisprudencia local.
Actor: La víctima que denunció haber sido víctima de estafa mediante un ardid en contacto por redes sociales y llamadas telefónicas, que le causó un perjuicio patrimonial de $20.000 en mayo de 2021. Demandado: Ricardo Martínez, identificado como supuesto ejecutivo del banco, quien habría inducido a error a la víctima con un falso contacto, solicitándole datos confidenciales y realizando transferencias ilícitas. Objeto de la demanda: Determinar la competencia judicial para investigar la causa por presunta estafa. Decisión: El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires declaró competente al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 42, remitiendo las actuaciones en atención a la jurisprudencia de “Bazán” (Fallos: 342:509) y considerando que, en conflictos entre jueces de competencia no federal en la Ciudad, corresponde a este Tribunal resolver. Fundamentos: La resolución se basa en la jurisprudencia consolidada del Tribunal en “Bazán”, que establece que cuando los conflictos de competencia ocurren entre jueces con jurisdicción en la Ciudad Autónoma, la competencia corresponde a este Tribunal. La jueza Alicia E. C. Ruiz también expresó que, aunque discrepaba de ciertos precedentes, la mayoría de los integrantes consideró que el criterio mayoritario debía prevalecer, y que la competencia se asignó al juzgado de origen en función de la ley y la jurisprudencia aplicables. Además, el Fiscal Adjunto sostuvo que los hechos encuadraban en la figura del art. 172 del Código Penal por la naturaleza del ardid y el daño patrimonial ocasionado.
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