INCIDENTE DE COMPETENCIA EN AUTOS MARTÍNEZ, RICARDO SOBRE 172 - ESTAFA s/ CONFLICTO DE COMPETENCIA
La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires revocó parcialmente las decisiones de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario que habían rechazado medidas cautelares en un amparo colectivo por vivienda para mujeres trans, considerando la vulnerabilidad social y derechos constitucionales.
El expediente trata sobre un amparo colectivo promovido por mujeres trans y travestis contra el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA), solicitando incorporación a programas de subsidios habitacionales. La jueza de primera instancia hizo lugar a las medidas cautelares, ordenando al GCBA garantizar viviendas dignas, argumentando que la situación de vulnerabilidad social y discriminación del colectivo ameritaba protección urgente. La Cámara de Apelaciones revocó parcialmente dichas medidas, considerando que no existía acto administrativo ilícito ni peligro en la demora, y que las solicitudes en sede administrativa no habían sido respondidas en tiempo. La Sala III sostuvo que las medidas cautelares no son revisables por recurso de inconstitucionalidad, y que la demora en la respuesta administrativa y la inexistencia de un acto arbitrario justificaban la revocación. La defensa de las actoras alegó la afectación de derechos constitucionales y la situación de vulnerabilidad social, especialmente por la discriminación y precarización habitacional del colectivo trans. El Tribunal Superior de Justicia, en sentencia, declaró la nulidad de lo actuado en nombre de varios actores por falta de ratificación y rechazó las quejas interpuestas por el resto, pero en lo que respecta a la parte que sí fue ratificada, consideró que la decisión de la Cámara afectaba derechos constitucionales, en particular el derecho a una vivienda digna. La sentencia concluyó que la protección judicial es fundamental y que la demora en la respuesta administrativa no puede justificar la negación de la tutela en situaciones de vulnerabilidad social grave, por lo que se revocó la decisión de la Cámara y se hizo lugar a las quejas, ordenando la protección efectiva del derecho a vivienda de las actoras.
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