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GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en FORNO ENRIQUETA ELENA CONTRA PROCURACION GENERAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES SOBRE DAÑOS Y PERJUICIOS (EXCEPTO RESPONSABILIDAD MEDICA)

La Sala del Tribunal Superior de Justicia rechazó la queja del GCBA contra la denegatoria del recurso de inconstitucionalidad en un caso de daños por caída en vereda en la Ciudad de Buenos Aires. La decisión se fundamenta en la inexistencia de un caso constitucional, arbitrariedad o gravedad institucional.

Danos y perjuicios Responsabilidad del estado Fundamentacion del recurso Accidente en la via publica Falta de fundamentacion Cuestiones de hecho y prueba Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Cuestion no constitucional Resarcimiento de danos y perjuicios

¿Qué se resolvió en el fallo?

La demanda fue promovida por Enriqueta Elena Forno contra el GCBA para reclamar una indemnización de $225.250 por daños derivados de una caída en la vereda rota en la intersección de Av. Asamblea y Senillosa el 23/04/2015. El juez de primera instancia rechazó la demanda, y la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso, Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo hizo lugar parcialmente al recurso de apelación, condenando al GCBA al pago de indemnización por daño físico, moral y gastos, con costas. El GCBA interpuso recurso de inconstitucionalidad, que fue denegado por la Cámara con fundamento en la ausencia de caso constitucional, gravedad institucional y arbitrariedad, decisión que fue objeto de queja. Los jueces Otamendi y De Langhe señalaron que la queja del GCBA no identificaba fundamentos que cuestionaran la decisión de la Cámara, limitándose a alegar disconformidad con la valoración de la prueba y la calificación de las sumas como alimentarias, sin demostrar que ello constituyera un error grosero o una vulneración constitucional. La jueza Weinberg agregó que la queja carecía de fundamentación concreta sobre los motivos de denegatoria del recurso de inconstitucionalidad y que los agravios del GCBA no superaban una mera discrepancia. El juez Lozano sostuvo que no se demostraba una cuestión constitucional o federal que habilitara la competencia del Tribunal y que la valoración de la prueba y las cuestiones de hecho corresponden a los jueces de la causa. En virtud de ello, el Tribunal Superior de Justicia resolvió rechazar la queja del GCBA, confirmando la decisión de la Cámara.

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