GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en CAPELLO, FIORELLA CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES) - EMPLEO PUBLICO-DIFERENCIAS SALARIALES
El Tribunal Superior de Justicia revoca parcialmente la sentencia de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, en cuanto dispuso la obligación de acreditar el depósito de aportes y contribuciones, admitiendo parcialmente la queja del GCBA y haciendo lugar al recurso de inconstitucionalidad.
- Actor: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)
- Demandado: Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo y, en extensión, la sentencia de la misma Cámara
- Objeto de la demanda: Recurso de inconstitucionalidad contra la resolución que ordenó la acreditación del depósito de aportes y contribuciones en el marco de un reclamo por diferencias salariales y la declaración del carácter remunerativo de ciertos suplementos.
- Decisión del tribunal: Se admite parcialmente la queja y se hace lugar al recurso de inconstitucionalidad, revocando la parte de la sentencia que dispuso la obligación de acreditar el depósito de aportes y contribuciones, en línea con la jurisprudencia vinculada a casos similares.
- Fundamentos principales:
"La cuestión planteada en autos es sustancialmente similar a la resuelta por este Tribunal in re: 'GCBA s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en Chimbo, Alejandrina del Valle y otros contra GCBA sobre empleo público (excepto cesantía o exoneraciones)', expte. SACATyRC nº 6315/17-1, sentencia del 24-08-2022. Por ello, nos remitimos —en lo pertinente— a las razones y a la solución que expusiéramos en nuestros respectivos votos para esa causa."
Además, el tribunal consideró que la resolución cuestionada vulneraba derechos constitucionales y que la obligación de acreditar el depósito de aportes y contribuciones, en la forma ordenada por la Cámara, excedía los límites establecidos por la normativa vigente y la jurisprudencia.
"El fallo impugnado impone una obligación que, en la práctica, afecta derechos constitucionales y la interpretación de la ley, por lo que resulta procedente admitir la queja y revocar la sentencia en la parte cuestionada."
- Disidencias: No se mencionan votos en disidencia relevantes.
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