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GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en STEEMAN, GABRIELA INES CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES) - EMPLEO PUBLICO-DIFERENCIAS SALARIALES

Denegado el recurso extraordinario federal del GCBA contra la resolución que rechazó su queja por inconstitucionalidad, por no cumplir requisitos procesales y no constituir una sentencia definitiva según la Ley 48

Falta de fundamentacion Efecto suspensivo Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad


- Actor: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)
- Demandado: Tribunal superior de justicia de la Ciudad de Buenos Aires
- Objeto de la demanda: Revisión del rechazo de su recurso de queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad, en el marco de una causa sobre retenciones de aportes previsionales en ejecución de sentencia.
- Decisión del tribunal: Se rechaza el recurso extraordinario por insuficiencia de requisitos procesales y por no ser la resolución impugnada una sentencia definitiva en los términos del art. 14 de la Ley 48, además de considerar que la resolución en la etapa de ejecución no permite revisar la cuestión en sede extraordinaria.
- Fundamentos principales: El juez Lozano argumenta que la sentencia que se pretende revisar no es aquella a la que hace referencia el art. 14 de la Ley 48, ya que no corresponde equipararla a una sentencia definitiva y no muestra que corresponda a una de esas especies. Además, el recurso de queja fue rechazado por la Cámara por no contener una crítica concreta y fundada, en línea con la doctrina de la Corte Suprema que sostiene que las decisiones que declaran la improcedencia de recursos en instancias locales no son revisables en sede extraordinaria. La resolución en la etapa de ejecución no constituye sentencia definitiva, por lo que no es susceptible de revisión en vía extraordinaria. La recurrente no argumentó de manera suficiente el perjuicio irreparable ni el apartamiento de la sentencia de fondo. La parte actora no cumplió con los recaudos del artículo 3° del reglamento de la Ley 48, en especial, demostrar que la decisión recurrida era definitiva o equiparable a tal. La jueza De Langhe, en disidencia, considera que el recurso fue presentado en tiempo y forma, que la resolución en cuestión es equiparable a una definitiva, y que el planteo del GCBA tiene relación directa con la resolución de la causa, por lo que procedía la concesión del recurso extraordinario. Sin embargo, la mayoría decide rechazarlo.

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