GCBA s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en/ Elisium SA c/ GCBA s/ acción meramente declarativa (art. 277 CCAYT)
La sentencia declara la inconstitucionalidad del requisito de presentar dos tasaciones en sede administrativa para impugnar la valuación de un inmueble, por considerarlo un obstáculo irrazonable y confiscatorio que vulnera principios constitucionales. La Cámara confirma la invalidez del artículo 5 del Anexo I de la Ley 4040, en línea con la protección del acceso a la justicia y la gratuidad del procedimiento.
- Actor: Ernesto Alberto Marcer
- Demandado: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)
- Objeto de la demanda: Declarar la inconstitucionalidad del artículo 5 del Anexo I de la Ley 4040, que exige la presentación de dos tasaciones para impugnar la valuación del inmueble y la suma de la contribución de ABL en 2012 por $66.307,53.
- Decisión del tribunal: Se declara la inconstitucionalidad del requisito de las tasaciones, por ser irrazonable y generar un obstáculo económico desproporcionado, en línea con la jurisprudencia constitucional y la protección del derecho de acceso a la justicia. Se confirma la declaración de inconstitucionalidad y se rechazan los recursos de inconstitucionalidad interpuestos por el GCBA, con costas al vencido.
- Fundamentos principales:
La norma que exige presentar dos tasaciones como requisito de admisibilidad en sede administrativa resulta irrazonable, ya que el costo de las tasaciones, que oscila entre el 1 y 5 mil del valor de la propiedad (es decir, entre 0,1% y 0,5%), equivale a un monto que puede superar el importe del tributo, configurando un obstáculo económico que cercena el acceso a la vía administrativa.
La obligación de acompañar dos informes de tasación, cuyo costo puede llegar a ser igual o mayor al tributo cuestionado, contraviene principios constitucionales de gratuidad y debido proceso, y no responde a un fin razonable.
La posición del GCBA de que las tasaciones son medios de prueba y no requisitos de admisibilidad no es compatible con la interpretación del artículo 5 del Anexo I de la Ley 4040, que plantea un requisito de admisibilidad que imposibilita el acceso a la vía administrativa en condiciones razonables.
La norma resulta desproporcionada y en contradicción con la protección constitucional del acceso a la justicia, por lo que debe declararse su inconstitucionalidad.
- Disidencias: La jueza Mariana Díaz sostuvo que la norma puede interpretarse en el sentido de que las tasaciones son medios de prueba, y que la carga de acompañarlas puede ser ofrecida durante el trámite administrativo, por lo que no corresponde su declaración de inconstitucionalidad. Sin embargo, la mayoría consideró que la imposición de presentar dos tasaciones constituye un requisito oneroso y desproporcionado.
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